Al finalizar una convivencia en pareja, es normal sentirse confundido y no saber exactamente por dónde empezar a organizar la parte legal y patrimonial. Muchas personas se preguntan si el simple hecho de separarse de cuerpos o cambiar de vivienda disuelve automáticamente sus obligaciones, o si los bienes adquiridos durante la convivencia se reparten sin necesidad de un trámite formal.
También es frecuente creer que la declaración de la Unión Marital de Hecho (UMH) y la disolución o liquidación de la sociedad patrimonial son el mismo procedimiento. Sin embargo, aunque suelen tramitarse en conjunto, cumplen finalidades distintas desde el punto de vista jurídico.
Declarar la UMH busca reconocer formalmente la existencia de la pareja y la comunidad de vida. Por su parte, la liquidación de la sociedad patrimonial busca valorar, repartir y adjudicar equitativamente los activos y pasivos adquiridos durante esa convivencia.
Comprender esta diferencia y, sobre todo, conocer los términos estrictos que fija la ley en Colombia es fundamental para proteger tu patrimonio y evitar que el paso del tiempo haga perder tus derechos de forma irreversible.
la Unión Marital de Hecho es la comunidad de vida permanente y singular entre dos personas no casadas entre sí.
Por otro lado, la Sociedad Patrimonial entre Compañeros Permanentes es el régimen económico que surge de esa unión cuando se cumple alguno de los siguientes requisitos legales:
- Haber convivido de manera ininterrumpida durante un lapso no inferior a dos (2) años.
- Que existiendo una sociedad conyugal anterior de alguno de los dos o de ambos, esta haya sido previamente disuelta y liquidada.
El tiempo no perdona: El término de prescripción de un (1) año
Esta es una de las dudas más frecuentes e importantes al momento de finalizar una convivencia.
La acción legal para solicitar la declaración de la sociedad patrimonial, su disolución y posterior liquidación tiene un término de prescripción muy corto: un (1) año contado a partir de la separación definitiva de cuerpos.
¿Qué significa esto en la práctica?
Si transcurre un año entero desde el día en que la pareja se separó físicamente y no se realizó la liquidación de la sociedad patrimonial el derecho a reclamar la división judicial de los bienes de la sociedad patrimonial prescribirá.
La importancia de analizar cada caso de manera integral
Al finalizar una relación de pareja no solo debe revisarse el inventario de bienes o las deudas acumuladas. Es necesario estudiar con precisión las fechas de inicio y terminación de la convivencia, si existían matrimonios o sociedades conyugales anteriores sin liquidar, qué pruebas respaldan la comunidad de vida y cuánto tiempo ha transcurrido desde la separación de cuerpos.
En García Trujillo & Asociados analizamos de manera integral los aspectos probatorios, patrimoniales y temporales de cada relación, con el propósito de identificar y proteger tus derechos ante las autoridades competentes.
¿Tienes dudas sobre los términos para declarar o liquidar tu Unión Marital de Hecho? Nuestro equipo de especialistas en Derecho de Familia puede revisar tu caso y orientarte sobre la mejor alternativa legal.
Este artículo tiene fines informativos y educativos. No sustituye la asesoría jurídica personalizada ni la valoración formal de un proceso judicial.